dispositivos movilidad personal

INTRANT reforzará cumplimiento de normas, controles y sanciones para patinetas eléctricas en espacios públicos

Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación establecida.El INTRANT explicó que estas acciones responden al crecimiento sostenido del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que exige fortalecer el orden y la convivencia urbana, especialmente en zonas de alta circulación peatonal, donde se debe garantizar la integridad física de niños, adultos mayores y ciudadanos en general.En el caso de las bicicletas eléctricas, la normativa establece que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora.El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del sector público centralizado, conforme al artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.