NOTI IMPACTO – El Director de Inespre, ingeniero David Herrera Díaz y el Tesorero Nacional, Luís Rafael Delgado Sánchez, enfrentan una demanda en responsabilidad patrimonial, juntos al Estado dominicano, tras ser acusados de desacatar varias sentencias definitivas del Tribunal Superior Administrativo, que ordenan el pago de prestaciones laborales en favor de decenas de extrabajadores del Instituto de Estabilización de Precios, INESPRE.
De acuerdo al abogado Lincoln Paulino, el Director del INESPRE, no ha ejecutado el fallo de 5 sentencias dictadas por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, emitidas en el 2022 y 2023, las cuales ordenan el pago de dichas prestaciones laborales en beneficio de decenas de extrabajadores de la institución, pese a que se le intimó y se le puso en mora mediante la notificación de acto de alguacil, indicó Paulino.
El profesional del derecho, explicó que, posteriormente a una demanda en dificultad de ejecución de sentencias, la presidencia de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, ordenó a la Tesorería Nacional, mediante sentencia, retener y pagar los valores contenidos en el acto de embargo No. 68/2023 de fecha 23 de marzo del año 2023, sentencia que también se hizo definitiva mediante dos decisiones dictadas por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Criticó que “el director de Inespre, ingeniero David Herrera Díaz y el Tesorero Nacional, Luis Rafael Delgado Sánchez, han ignorado decisiones que ya tienen la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, debilitando la seguridad jurídica y el derecho a la ejecución de las sentencias y comprometiendo su responsabilidad civil” seploró.
Asi mismo, el abogado Lincoln Paulino, criticó la postura de ambos funcionsrios, señalando que la negativa no solo afecta a los demandantes, sino que también sienta un precedente de desobediencia judicial desde el gobierno.
La demanda en Responsabilidad Patrimonial del Estado, depositada el pasado 16 de junio ante el TSA, solicita una indemnización de RD$5,000,000 de pesos dominicanos en favor de cada uno de los extrabajadores demandantes, como justa reparación por los daños y perjuicios sufridos por estos y sus familias, también pide que la condena indemnizatoria sea conjunta y solidariamente con los funcionarios Herrera Diaz y Delgado Sánchez, en virtud de lo que establece el artículo 148 de la Constitución Dominicana.
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